Pensiones

Retiro de fondos previsionales: AFP Capital triunfa en el TC

Pensionado solicitó el total de sus ahorros con el objetivo de invertirlos de “mejor forma”.

Por: Constanza Ramos | Publicado: Jueves 26 de marzo de 2020 a las 04:00 hrs.
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AFP Capital se anotó un triunfo en una causa de retiro de fondos previsionales. Foto: Rodolfo Jara
AFP Capital se anotó un triunfo en una causa de retiro de fondos previsionales. Foto: Rodolfo Jara

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Un nuevo caso de una persona que exige la devolución de sus ahorros para pensión llegó hasta el Tribunal Constitucional (TC). Se trata del jubilado por retiro programado Miguel Ángel Retamal, quien solicitó a AFP Capital sus fondos con el propósito de “invertirlos de manera de obtener ingresos o rentas que de la forma en que la AFP administra dichos fondos no podría tener”.

Al igual que en los otros casos de retiros de ahorros previsionales, la petición fue rechazada por la AFP. Sin embargo, a diferencia de los otros casos, el pensionado decidió demandar a Capital ante la justicia civil para obtener sus ahorros.

En febrero de este año, presentó un requerimiento ante el TC cuyo objetivo era que no se aplicara la ley que rige el sistema previsional.

“Se solicita la inconstitucionalidad de las disposiciones del DL 3.500, que hacen uso de una facultad de mi dominio, la disposición de mi propiedad privada y que permite que la administradora gestione la totalidad de mis fondos acumulados y no me dé acceso a disponer de los mismos, ni de administrarlos de mejor forma y bajo mejores condiciones que la administración de la AFP genera”, detalló ante el TC.

No obstante, el miércoles pasado el Tribunal resolvió declarar inadmisible el requerimiento con lo que AFP Capital se anotó un triunfo. “El requerimiento debe satisfacer la necesidad de contar con ‘fundamento razonable’. Es decir, contener una línea argumental con suficiente y meridiana motivación, así como fundamentos suficientemente sólidos, de tal como que, articulados, hagan inteligible para el Tribunal la pretensión que se hace valer y la competencia específica que se requiere”, argumentó el TC.

Ahora, aún queda la posibilidad de que el juzgado civil ordene a la AFP devolver los fondos, pero esta decisión puede ser apelada.

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